PABLO PICO RADA / 2 de enero de 2013
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2013/01/02/215238.php
Las entidades financieras, en respuesta a la merma
en sus ingresos por la restricción crediticia, han incrementado de
forma vertiginosa las tarifas y comisiones por los servicios que ofrecen a sus
clientes. Solo durante 2012, las comisiones
aumentaron un 40%, según datos del Bancode España, lo que ha situado al país a la cabeza de la UE entre los estados
que más gravan a los ciudadanos con este tipo de cobros. Mientras, en el primer
semestre de 2012, los grandes bancos españoles ingresaron 14.000
millones de euros por comisiones. Evitar estos gastos es muy complicado
para los clientes, y la Orden EHA/2899/2011,
de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que permite a
las entidades fijar de manera libre sus comisiones y tarifas, no ha supuesto una mejora en las garantías de
los consumidores. En el siguiente texto se enumeran las principales comisiones que aplican los bancos y se indica
si son o no obligatorias para el consumidor.
1.
Comisiones bancarias
Tal y como define el Banco de España es su web, las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito cobran a los clientes en compensación por sus servicios, como el envío de transferencias, cambio de divisas, administración de cuentas, el estudio de un préstamo o las comisiones por las tarjetas de crédito. Las entidades pueden también repercutir al cliente los gastos justificados que tengan que pagar a terceros para poder prestarle dichos servicios.
Tal y como define el Banco de España es su web, las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito cobran a los clientes en compensación por sus servicios, como el envío de transferencias, cambio de divisas, administración de cuentas, el estudio de un préstamo o las comisiones por las tarjetas de crédito. Las entidades pueden también repercutir al cliente los gastos justificados que tengan que pagar a terceros para poder prestarle dichos servicios.
En los últimos ejercicios, su coste se
ha disparado. Tan solo en el pasado año, las
comisiones de mantenimiento de cuenta corriente aumentaron un 78% respecto a
2011 y pasaron de 42 a 75 euros anuales; las de transferencias se incrementaron
un 400%, de 5 a 20 euros. Un usuario medio puede pagar hasta 567,8 euros a su
entidad en concepto de comisiones, según refleja un nuevo estudio de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae).
Además, las comisiones anuales por el movimiento normal de una cuenta en España
se elevan a 178 euros, frente a los 111 euros de la media europea.
Y todo ello, a pesar de la reciente entrada en
vigor, el pasado 29 de abril, de la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y
protección del cliente de servicios bancarios. Con la nueva orden ministerial, ha desaparecido la obligación que tenían las
entidades de elaborar un folleto de tarifas máximas de comisiones, condiciones
y gastos repercutibles a clientes, ya que la información es individual a
cada usuario y previa a la realización de la operación. Además, si deciden
informar de forma voluntaria en sus folletos, las citadas comisiones pueden tener
o no el carácter de máximas.
Según el Banco de España, las comisiones deben ser adecuadas a las operaciones
existentes en la cuenta y deben corresponder a un servicio efectivamente
prestado. Sin embargo, comisiones como la reclamación por descubiertos se
realizan de manera automática. Además, las entidades pueden modificar de forma
unilateral las comisiones de mantenimiento y administración, siempre y cuando
se comunique al cliente y se exponga en el tablón de anuncios de las entidades.
Como novedad, a partir de enero de
2014, cada cliente recibirá una comunicación anual informando de las
comisiones, gastos e intereses aplicados a sus posiciones durante el ejercicio
anterior.
2.
Principales comisiones, ¿son todas obligatorias?
Las entidades de crédito tienen libertad para establecer sus comisiones bancarias y gastos repercutibles, siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. Más allá de esta condición, no hay ningún límite a su importe, salvo que de forma particular y expresa se haya introducido por una disposición legal. Por tanto, no cabe hablar de comisiones obligatorias o no. El Banco de España no puede denegar su cobro, ni limitar sus importes.
Las entidades de crédito tienen libertad para establecer sus comisiones bancarias y gastos repercutibles, siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. Más allá de esta condición, no hay ningún límite a su importe, salvo que de forma particular y expresa se haya introducido por una disposición legal. Por tanto, no cabe hablar de comisiones obligatorias o no. El Banco de España no puede denegar su cobro, ni limitar sus importes.
La normativa que regula la transparencia informativa
en operaciones bancarias (Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre), así como en
servicios de pago (Orden
EHA/1608/2010, de 14 de junio), exige una información personalizada al
cliente antes de prestar el servicio acerca de lo que tiene que pagar.
Las tarifas de las comisiones bancarias son libres, excepto: la de cancelación o amortización
anticipada total de un préstamo hipotecario, limitada al 1%; y la de cancelación o reembolso anticipado de un
crédito al consumo, que debe estar por debajo del 1% si para la
finalización del contrato resta más de un año, y del 0,5% si es menor al año.
Las principales comisiones bancarias son las
siguientes:
- Comisión
por mantenimiento y administración. Han subido un
78% respecto a 2011, pero son casi inexistentes entre la banca on line.
Hay que negociar para
eliminar las de servicios.
- Comisión
por transferencia. Han sufrido un aumento de
hasta el 400% en solo un año; se ha pasado de cinco euros como máximo en
2011, a los actuales 20 euros. Es aplicable en cada transferencia a una
cuenta ajena a la entidad. Su coste varía si es nacional, europea o
internacional.
- Comisión
por tarjeta. Las tarjetas
de débito han elevado un 20% sus comisiones de cuota anual, de 25
euros máximos el pasado año a los 30 euros de este año. La comisión cero
de mantenimiento de tarjeta suele ser en la de débito, sin incluir las de
crédito.
- Comisión
por ingreso de cheques. Aplicable al ingresar un
cheque en el propio banco, su coste ha aumentado un 12% en el último año.
Inexistentes en la banca por Internet.
- Comisión
por descubierto y posiciones deudoras. Se aplica
cuando el saldo en cuenta es negativo, números rojos. Desde 2008, esta
comisión ha subido casi un 40%. El cargo por reclamación de posiciones
deudoras se introduce por la comunicación de un retraso en el pago de una
cuota o cuando se produce un descubierto en una cuenta corriente.
- Comisión
por retirada de efectivo. Un empleo
continuado puede suponer un coste notable. Debe controlarse el uso de
cajeros de distinta entidad o red y optar por tarjeta
de débito.
- Comisión
por estudio y apertura de crédito. Es posible
evitarlas si se solicitan dentro de condiciones especiales, préstamos para
jóvenes, autónomos o pequeñas empresas. La comisión de estudio de hipoteca
subió un 42% este año y la de apertura es de 622 euros.
- Nuevas
comisiones. Otras comisiones que los bancos
no solían cargar han comenzado a cobrarlas, como las comisiones por apunte en cuenta, las de costos por
créditos o las de estudio de un crédito personal, un 23% más
elevadas respecto a enero de 2012.
3.
Siete consejos para no ahogarse en comisiones:
- Negociar
con la entidad. Disponer de un alto saldo en
cuenta a cambio de contratos de vinculación con la entidad permitirá
negociar el coste o eliminación de las comisiones.
- Hay
que saber que las entidades pueden decidir los servicios que ofrecen a sus
clientes, fijar sus tarifas y comisiones bancarias, pero no pueden
cargar comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados por el
cliente, ni cobrar dos o más veces por el mismo concepto.
- Conviene
tener cuidado con las comisiones que no quedan eximidas en cuentas
con cero comisiones, como por ingresos de cheques,
transferencias, descubiertos o tarjetas de crédito. Para evitar las
comisiones de las transferencias, se puede realizar una orden de traspaso
de efectivo mediante la banca electrónica.
- Leer,
analizar en profundidad y asesorarse sobre la letra pequeña de los
contratos.
- Estudiar
la competencia, la banca on line, si es necesario cambiar
de entidad.
- Recordar
que las novaciones, modificaciones en las condiciones de un préstamo,
están limitadas al 0,1% del capital restante por amortizar en préstamos a
interés variable.
- Las
entidades deben brindar gratis toda la información relativa a las
comisiones, en sus páginas web y en la del Banco de España, para así
facilitar la competencia entre entidades. La realidad ha mostrado
opacidad y "formas engañosas" denunciadas ya por la UE. Ante
ello, queda la reclamación y denuncia de situaciones de abusos: primero al Servicio
de Atención al Cliente de la entidad financiera; después al
Servicio de Reclamaciones del Banco de España; y, por último, optar por la
vía judicial.