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miércoles, 2 de enero de 2013

Qué comisiones bancarias son obligatorias

Publicado en Eroski Consumer
PABLO PICO RADA / 2 de enero de 2013

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2013/01/02/215238.php


Las entidades financieras, en respuesta a la merma en sus ingresos por la restricción crediticia, han incrementado de forma vertiginosa las tarifas y comisiones por los servicios que ofrecen a sus clientes. Solo durante 2012, las comisiones aumentaron un 40%, según datos del Bancode España, lo que ha situado al país a la cabeza de la UE entre los estados que más gravan a los ciudadanos con este tipo de cobros. Mientras, en el primer semestre de 2012, los grandes bancos españoles ingresaron 14.000 millones de euros por comisiones. Evitar estos gastos es muy complicado para los clientes, y la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que permite a las entidades fijar de manera libre sus comisiones y tarifas, no ha supuesto una mejora en las garantías de los consumidores. En el siguiente texto se enumeran las principales comisiones que aplican los bancos y se indica si son o no obligatorias para el consumidor.

1. Comisiones bancarias
Tal y como define el Banco de España es su web, las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito cobran a los clientes en compensación por sus servicios, como el envío de transferencias, cambio de divisas, administración de cuentas, el estudio de un préstamo o las comisiones por las tarjetas de crédito. Las entidades pueden también repercutir al cliente los gastos justificados que tengan que pagar a terceros para poder prestarle dichos servicios.

En los últimos ejercicios, su coste se ha disparado. Tan solo en el pasado año, las comisiones de mantenimiento de cuenta corriente aumentaron un 78% respecto a 2011 y pasaron de 42 a 75 euros anuales; las de transferencias se incrementaron un 400%, de 5 a 20 euros. Un usuario medio puede pagar hasta 567,8 euros a su entidad en concepto de comisiones, según refleja un nuevo estudio de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae). Además, las comisiones anuales por el movimiento normal de una cuenta en España se elevan a 178 euros, frente a los 111 euros de la media europea.

Y todo ello, a pesar de la reciente entrada en vigor, el pasado 29 de abril, de la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Con la nueva orden ministerial, ha desaparecido la obligación que tenían las entidades de elaborar un folleto de tarifas máximas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes, ya que la información es individual a cada usuario y previa a la realización de la operación. Además, si deciden informar de forma voluntaria en sus folletos, las citadas comisiones pueden tener o no el carácter de máximas.

Según el Banco de España, las comisiones deben ser adecuadas a las operaciones existentes en la cuenta y deben corresponder a un servicio efectivamente prestado. Sin embargo, comisiones como la reclamación por descubiertos se realizan de manera automática. Además, las entidades pueden modificar de forma unilateral las comisiones de mantenimiento y administración, siempre y cuando se comunique al cliente y se exponga en el tablón de anuncios de las entidades. Como novedad, a partir de enero de 2014, cada cliente recibirá una comunicación anual informando de las comisiones, gastos e intereses aplicados a sus posiciones durante el ejercicio anterior.

2. Principales comisiones, ¿son todas obligatorias?
Las entidades de crédito tienen libertad para establecer sus comisiones bancarias y gastos repercutibles, siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. Más allá de esta condición, no hay ningún límite a su importe, salvo que de forma particular y expresa se haya introducido por una disposición legal. Por tanto, no cabe hablar de comisiones obligatorias o no. El Banco de España no puede denegar su cobro, ni limitar sus importes.

La normativa que regula la transparencia informativa en operaciones bancarias (Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre), así como en servicios de pago (Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio), exige una información personalizada al cliente antes de prestar el servicio acerca de lo que tiene que pagar.
Las tarifas de las comisiones bancarias son libres, excepto: la de cancelación o amortización anticipada total de un préstamo hipotecario, limitada al 1%; y la de cancelación o reembolso anticipado de un crédito al consumo, que debe estar por debajo del 1% si para la finalización del contrato resta más de un año, y del 0,5% si es menor al año.

Las principales comisiones bancarias son las siguientes:
  • Comisión por mantenimiento y administración. Han subido un 78% respecto a 2011, pero son casi inexistentes entre la banca on line. Hay que negociar para eliminar las de servicios.
  • Comisión por transferencia. Han sufrido un aumento de hasta el 400% en solo un año; se ha pasado de cinco euros como máximo en 2011, a los actuales 20 euros. Es aplicable en cada transferencia a una cuenta ajena a la entidad. Su coste varía si es nacional, europea o internacional.
  • Comisión por tarjeta. Las tarjetas de débito han elevado un 20% sus comisiones de cuota anual, de 25 euros máximos el pasado año a los 30 euros de este año. La comisión cero de mantenimiento de tarjeta suele ser en la de débito, sin incluir las de crédito.
  • Comisión por ingreso de cheques. Aplicable al ingresar un cheque en el propio banco, su coste ha aumentado un 12% en el último año. Inexistentes en la banca por Internet.
  • Comisión por descubierto y posiciones deudoras. Se aplica cuando el saldo en cuenta es negativo, números rojos. Desde 2008, esta comisión ha subido casi un 40%. El cargo por reclamación de posiciones deudoras se introduce por la comunicación de un retraso en el pago de una cuota o cuando se produce un descubierto en una cuenta corriente.
  • Comisión por retirada de efectivo. Un empleo continuado puede suponer un coste notable. Debe controlarse el uso de cajeros de distinta entidad o red y optar por tarjeta de débito.
  • Comisión por estudio y apertura de crédito. Es posible evitarlas si se solicitan dentro de condiciones especiales, préstamos para jóvenes, autónomos o pequeñas empresas. La comisión de estudio de hipoteca subió un 42% este año y la de apertura es de 622 euros.
  • Nuevas comisiones. Otras comisiones que los bancos no solían cargar han comenzado a cobrarlas, como las comisiones por apunte en cuenta, las de costos por créditos o las de estudio de un crédito personal, un 23% más elevadas respecto a enero de 2012.
3. Siete consejos para no ahogarse en comisiones:
  1. Negociar con la entidad. Disponer de un alto saldo en cuenta a cambio de contratos de vinculación con la entidad permitirá negociar el coste o eliminación de las comisiones.
  2. Hay que saber que las entidades pueden decidir los servicios que ofrecen a sus clientes, fijar sus tarifas y comisiones bancarias, pero no pueden cargar comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados por el cliente, ni cobrar dos o más veces por el mismo concepto.
  3. Conviene tener cuidado con las comisiones que no quedan eximidas en cuentas con cero comisiones, como por ingresos de cheques, transferencias, descubiertos o tarjetas de crédito. Para evitar las comisiones de las transferencias, se puede realizar una orden de traspaso de efectivo mediante la banca electrónica.
  4. Leer, analizar en profundidad y asesorarse sobre la letra pequeña de los contratos.
  5. Estudiar la competencia, la banca on line, si es necesario cambiar de entidad.
  6. Recordar que las novaciones, modificaciones en las condiciones de un préstamo, están limitadas al 0,1% del capital restante por amortizar en préstamos a interés variable.
  7. Las entidades deben brindar gratis toda la información relativa a las comisiones, en sus páginas web y en la del Banco de España, para así facilitar la competencia entre entidades. La realidad ha mostrado opacidad y "formas engañosas" denunciadas ya por la UE. Ante ello, queda la reclamación y denuncia de situaciones de abusos: primero al Servicio de Atención al Cliente de la entidad financiera; después al Servicio de Reclamaciones del Banco de España; y, por último, optar por la vía judicial.

martes, 25 de diciembre de 2012

Problemas al usar un cajero y sus soluciones


Publicado en Eroski Consumer
PABLO PICO RADA / 25 de diciembre de 2012

Los servicios bancarios que ofrecen los cajeros automáticos han aumentado de forma notable en los últimos años. Los clientes pueden llevar a cabo multitud de operaciones en estas máquinas: desde sacar o ingresar dinero en efectivo, hasta comprar entradas de espectáculos o recargar el teléfono móvil. Su popularidad se ha extendido gracias a la sencillez que brinda para operar y su flexibilidad, pues están disponibles en infinidad de lugares las 24 horas del día. Ahora bien, de igual forma, hay distintos problemas derivados de su uso. El presente artículo ofrece un listado de las principales incidencias que tienen lugar al utilizar un cajero y las posibles soluciones con las que cuenta el cliente.

La normativa española ofrece a los usuarios la garantía de disponer de un procedimiento para resolver sus reclamaciones, quejas y consultas, en caso de no estar de acuerdo con la entidad en las operaciones que le afecten, o ante cualquier duda que le pueda surgir.

La primera opción de la que dispone el cliente, y que recomiendan tanto las entidades como los organismos supervisores ante cualquier problema que se produzca al hacer uso del cajero, es la de utilizar de forma inmediata el número del centro de atención al usuario del banco, el que aparece en el cajero o el de la red. El teléfono en caso de emergencia de la red Servired es 902.192.100; el de red 4B es 913.626.200 y 902.114.400; y el de red 6000 es 902.206.000.

Por ley, las entidades financieras deben hacer figurar en sus cajeros automáticos, en lugar visible, un número de teléfono (gratuito) para incidencias, al que se podrá acudir en el caso de que se produzcan problemas en la prestación del servicio, y el número de referencia del cajero.

A cada problema en el cajero, una solución

  1. Robo, fraude o pérdida de tarjeta.En caso de desaparición, copia fraudulenta o robo de la tarjeta, el cliente debe denunciarlo a la mayor brevedad. Puede entrar en la sucursal a la que pertenece el cajero que se ha quedado con la tarjeta y presentar una reclamación, o utilizar el número de atención al usuario del banco o el de la red. Tras identificar los movimientos erróneos o fraudulentos, se tiene que contactar con el banco (si no se ha hecho con anterioridad), proceder a un bloqueo preventivo de la tarjeta, presentar una denuncia ante la Policía Nacional y ofrecer los datos de la misma a la entidad.
  1. El cajero se queda la tarjeta.Por lo general, un cajero retiene la tarjeta si se introduce tres veces un PIN incorrecto, o si hay alguna anomalía u orden para retenerla. Pero también, por algún error. Si el cajero automático se traga la tarjeta, habrá que ponerse en contacto con el centro de atención al usuario del banco, el que aparece en el cajero o el de la redAdemás, se tendrá que notificar la incidencia a la entidad, indicando el número del cajero en el que se ha producido, para averiguar los motivos de la misma, proceder al bloqueo preventivo de la tarjeta y continuar las siguientes acciones a fin de restablecer su normal funcionamiento.
  1. No se obtiene el dinero solicitado.En ocasiones, pese a que la operación se haya realizado de forma satisfactoria, puede que el cajero no ofrezca al usuario la cantidad indicada, o bien, que al hacer un ingreso, la pantalla indique una cantidad introducida errónea. En estos casos, el procedimiento que debe seguir el cliente será el mismo que el mencionado en el punto anterior.
  1. Cobro de comisiones erróneas.Las entidades cobran, por lo general, comisiones bancarias por sacar dinero en los cajeros automáticos. Por ello, como recuerda el Banco de España, los clientes deben saber que entre sus derechos básicos se encuentra el de recibir información sobre comisiones bancarias y los gastos que puedan cobrar antes de contratar cualquier producto o servicioEl importe varía en función de la red a la que pertenezca el cajero automático en el que se realiza la operación, pues la normativa española da libertad a las entidades para fijar las comisiones. Si bien, cada entidad debe incluirlas en los contratos que suscriba con sus clientes y comunicar con carácter previo a su aplicación cualquier modificación de forma individual a cada cliente. Según la orden, EHA/2899/2011, de 29 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, es obligatorio que los cajeros informen de la comisión y los gastos de la operación antes de que se haga, ya sea para operaciones de retirada de efectivo o comisiones por consulta en cajeros de saldos y movimientos. Si el cajero pertenece a la entidad emisora de la tarjeta, indicará al cliente el importe exacto de la comisión y los gastos. Si no, le informará de la comisión máxima que podría cobrar la entidad emisora de la tarjeta (la cantidad exacta depende de lo pactado en el contrato entre cliente y entidad emisora). A continuación, el cajero ofrecerá la posibilidad de desistir de la operación solicitada, así como ofrecer un número de teléfono para incidencias.
  1. No se obtiene recibo.En ocasiones, no se obtiene recibo por una incidencia de falta de papel para imprimir y el cajero ofrece la posibilidad de verlo en pantalla. Pero el cliente puede solicitar ese recibo siempre que lo necesite o quiera. Entre los derechos de los clientes, el Banco de España destaca el derecho a recibir los extractos y los documentos de liquidación de intereses y comisiones bancarias, según la Circular del Banco de España 8/1990, y la Ley 16/2009 y la Orden EHA/1608/2010 que la desarrolla.
  1. El cajero está fuera de servicio.Es la incidencia que más se repite, según diversos informes. Es posible que el cajero automático al que se acude se encuentre "temporalmente fuera de servicio", inoperativo. En estos casos, es habitual que ofrezcan la dirección del cajero más próximo. También es habitual que al intentar operar en un cajero no puedan realizarse ciertas operaciones; habrá que acudir a otro o esperar que la incidencia se resuelva.

Principales operaciones que ofrecen los cajeros
Los cajeros automáticos de las entidades financieras están presentes en España a través de tres redes distintas: Servired, red 4B y red 6000. De forma habitual, se usan con una tarjeta, ya sea de débito o crédito, pero también se puede utilizar una libreta de ahorro para ciertas operaciones.

La web del Banco de España resalta que los clientes de las entidades, pueden realizar las siguientes operaciones en un cajero automático:

  • Sacar dinero en efectivo.
  • Ingresar dinero en efectivo o cheques.
  • Consultar movimientos de la cuenta.
  • Comprar entradas de espectáculos.
  • Recargar el teléfono móvil.
  • Pedir talonarios de cheques.
  • Domiciliar recibos.
  • Ordenar transferencias.





lunes, 3 de diciembre de 2012

Siete pasos para gastar menos de lo que ingreso


Publicado en Eroski Consumer
PABLO PICO RADA / 3 de diciembre
 de 2012

A raíz de la crisis económica se ha producido una importante reducción del poder adquisitivo. Los ingresos, así como las expectativas de obtenerlos, se contraen mientras las obligaciones de pago permanecen inalterables, con cargas fiscales como aumentos del IVA o el IRPF incluidas. Todo ello produce un progresivo endeudamiento de las economías familiares y un alza de la morosidad. Un hecho que refleja el INE en su última "Encuesta de Condiciones de Vida": el 12,7% de los hogares manifiesta llegar a fin de mes con mucha dificultad, una cifra casi tres puntos superior a la de 2011. El presente artículo ofrece siete claves para ayudar a contener el gasto, de manera que esta cantidad no supere nunca el total de ingresos.

1. Anotar y registrar los desembolsos
Ante la caída de ingresos, una de las pocas vías disponibles para equilibrar las cuentas pasa, de forma inexorable, por la contención en el gasto. Debe elaborarse una detallada lista con todos los desembolsos y anotar cada una de las partidas, ya sea durante una semana o un mes. Conocer de manera exacta la cantidad que se paga, junto a las posibles deudas pendientes y los ingresos, permitirán determinar la situación real de la economía familiar.

Además, mantener un registro de los gastos ayuda a evitar gastos innecesarios. Para su realización, puede emplearse una hoja de cálculo, pues resulta sencilla y útil.

2. Clasificar los gastos
Una vez realizado el registro y anotados todos los desembolsos, habrá que identificar y jerarquizar cada uno. Lo idóneo es distinguir entre los gastos fijos, los variables y los superfluos, para poder elaborar un presupuesto a la medida.
  • Gastos fijos: son inamovibles, hay que hacerles frente siempre y suelen ser estables. Es importante que sean los primeros en abonarse para no incurrir en descubiertos, que lleven aparejados intereses de demora o un aumento de la deuda, y para que el historial crediticio y las futuras obtenciones de crédito no se vean afectados. Destacan los pagos de vivienda (hipoteca, alquiler, comunidad), coche o préstamos bancarios.
  • Gastos variables: son desembolsos básicos y necesarios, pero que pueden reducirse si se fija un buen plan de ahorro y se varían ciertas pautas de consumo. En este grupo, podría incluirse alimentación, transporte, ropa y calzado o los suministros energéticos.
  • Gastos superfluos: son los que pueden aplazarse, reducirse o eliminarse en los momentos de mayor apuro económico, como vacaciones, actividades de ocio o tabaco. Implica un esfuerzo constante y sostenido y llevar a cabo un plan de ahorro específico que implique un cambio en los hábitos de vida y de consumo.
3. Iniciar un plan de ahorro
Una vez que se ha elaborado el registro y clasificación de la partida de gastos, y se tienen claros los ingresos con los que se cuenta, habrá que iniciar un plan de ahorro. Este ayudará a adoptar mejor las decisiones económicas futuras. Para ello, será imprescindible elaborar un presupuesto lo más honesto y ajustado a la realidad posible. La idea del plan ha de pasar por reducir los desembolsos superfluos en primer lugar, además de intentar abaratar los variables.
Al margen de los pagos fijos, hay ciertas partidas que hay que preservar cuanto sea posible, como la salud, la alimentación, la educación o la formación y desarrollo profesional. Iniciar un plan de ahorro implica reservar un porcentaje de los ingresos a esta partida, que podrán ser utilizados en un momento de necesidad o frente a gastos imprevistos.

4. Marcar objetivos
Todo plan de ahorro debe tener un objeto, un fin o una meta que aliente continuar con el duro plan de recortes. Se trata de gastar menos, de reducir costes, pero debe estar claro no solo en qué partidas recortar, sino con qué objetivo, en cuánto plazo y en qué cantidad habrá que hacerlo.
Las metas u objetivos pueden fijarse a corto, medio o largo plazo, aunque los expertos aconsejan atender a cada periodo de forma específica, con distintos planes de acción, que permitan ver y contrastar su evolución y efectividad.

5. Olvidar la tarjeta y el crédito
Es una premisa básica. Si se quiere poner en marcha una reducción de gasto, la tarjeta es la peor compañera. Sus comisiones son elevadas, los intereses generados por realizar pagos a crédito son muy altos y, además, incentivan el impulso de compra. Conviene revisar todas las cuentas y plásticos contratados y quedarse solo con uno.

Debe evitarse, en la medida de lo posible, recurrir al crédito. Los tipos de interés de créditos personales o rápidos son muy elevados y se puede acabar generando una espiral de deudas que impida hacer frente a los pagos. Los expertos recomiendan, en casos como hipotecas, una refinanciación de la deuda, con una ampliación del plazo de amortización.

6. Revisar los resultados y, si es necesario, potenciar los ingresos
A medida que se desarrolla el plan de ahorro, se ponen en marcha las nuevas pautas de consumo y se planifican los gastos de acuerdo al presupuesto, puede llevarse a cabo una revisión de los objetivos iniciales.
Si, pese a cumplir con todas las pautas establecidas y haber ajustado el presupuesto al máximo, aún no se ha conseguido gastar menos de lo que se ingresa, habrá que hacer todo lo posible por buscar una nueva fuente de ingresos extra. Trabajos a tiempo parcial, por horas, desde casa o Internet, pese a que suelen estar peor remunerados, pueden suponer una solución, así como otras fuentes de ingresos, como el alquiler de habitaciones o de vehículos.

7. Mantener la constancia, pensar a largo plazo
Al acometer una iniciativa de este calado, hay que tener en cuenta que de nada servirá todo el esfuerzo, si no se mantiene la constancia y se persevera en el mantenimiento de los nuevos hábitos.
Más allá de salvar una situación temporal, para adoptar las nuevas pautas de forma permanente, habrá que ser paciente, pues se está un proceso que necesita el tiempo estipulado para obtener resultados. La recompensa a medio-largo plazo se traducirá en poder afrontar el futuro con mayor seguridad y estabilidad.



viernes, 2 de noviembre de 2012

Ya no puedo pagar mi tarjeta de crédito, ¿qué hago?


Publicado en Eroski Consumer

Los niveles de morosidad del crédito concedido por las entidades financieras a empresas y familias se encuentran en máximos históricos: superan el 10%, tal y como refleja la Asociación Hipotecaria Española (AHE). Y en los créditos personales y las tarjetas, la tasa de morosidad se eleva por encima del 14%. Estos datos se explican por la magnitud de la crisis, con uno de cada cuatro trabajadores en paro y en donde el 35,9% de los hogares españoles no tiene capacidad para afrontar gastos imprevistos, según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE). Estas dificultades económicas acentúan el uso de la financiación para hacer frente a los gastos, lo que puede derivar en situaciones de impago del crédito, como el de las tarjetas. Este artículo trata de resumir los pasos que se deben dar cuando ya no es posible pagar la tarjeta de crédito.

1. Estudiar y planificar las cuentas personales
Cuando no puede hacerse frente al pago de la tarjeta de crédito, conviene afrontar el problema desde el primer momento, para que la deuda no se incremente con rapidez. Al dejar de pagar, las entidades proceden al cobro de intereses de demora, por lo general muy elevados. Además, habrá que hacer frente a las comisiones por reclamación de recibos impagados de tarjetas de crédito, de unos 30 euros de media. Si bien, ambos importes se calculan en función del contrato.

El primer paso es dejar de usar tarjetas que permiten disponer de más dinero prestado. Al aplazar el pago de las compras con las tarjetas de crédito, se aplica un tipo de interés medio de entre el 14% y el 25% TAE. Por todo ello, es aconsejable empezar a planificar las cuentas personales para no incurrir en números rojos y empezar a solventar la deuda. Para equilibrar las cuentas habrá que:

Reducir los gastos
Los expertos aconsejan afrontar la situación particular y, a partir de ella, planificar. Hay que considerar los gastos y calcular, con los ingresos con los que se cuenta, el presupuesto familiar. Para ello, se hace un listado con todos los gastos, jerarquizando desde los más necesarios hasta los superfluos. En primer lugar habrá que anotar y pagar los bienes susceptibles de embargo y terminar con los gastos menos importantes. Algunas de estas reducciones pueden llevarse a cabo por un tiempo determinado, hasta que la situación se resuelva, pero otros métodos de ahorro pueden ser muy útiles siempre.

-Intentar aumentar los ingresos
Es la otra pata, junto a los gastos, que equilibra la economía familiar. En la medida de lo posible, y pese a la dificultad actual, hay que buscar ingresos alternativos con los que poder pagar la deuda cuanto antes, para que no siga incrementándose.

2. Dirigirse a la entidad
Cuando no es posible sufragar la cuota o la deuda de la tarjeta de crédito, los expertos recomiendan acudir de inmediato a la entidad financiera e intentar negociar una solución. Conviene dirigirse a ellos en primera instancia, antes de que el impago sea efectivo, para mostrar así voluntad de pago y encontrar una salida pactada.

Negociar el préstamo
En esencia, se trata de solicitar tiempo. Al banco le interesa buscar soluciones, pues siempre preferirá cobrar, aunque sea en más tiempo, pero hacerlo, a recibir nada. Conviene presentar un plan de pagos, ajustado y realista, detallando cuánto puede pagarse cada mes y por cuánto tiempo, hasta recuperar las cuotas anteriores. Si la situación es de dificultades financieras transitorias, y se cuenta con un buen historial en la entidad, sin morosidad, es más fácil negociar y obtener unas condiciones más ventajosas. Las posibilidades pasan por solicitar unos meses de carencia de capital, durante los cuales solo se pagan intereses, o bien alargar el plazo de amortización del préstamo. En ambos casos, la cuota mensual se reduce y las probabilidades de hacerle frente se incrementan. Si la situación no es transitoria, es recomendable estudiar muy bien todas las opciones y ajustar mucho con un plan de pagos que la entidad pueda valorar. En cualquier caso, por lo general, la deuda aumentará.

Reagrupar la deuda
Otra posibilidad es reagrupar la deuda o solicitar un préstamo personal. Pasa por agrupar el crédito y las tarjetas en un crédito con una sola cuota. Hay dos opciones: a través de los bancos o con capital privado. En el mercado actual, muy pocas entidades ofrecen créditos para reunificar deudas, pero sería la mejor y la opción más segura, al estar reguladas por el Banco de España. Lo idóneo es ir a la entidad particular donde se tenga la deuda o bien a bancos que ofrezcan reagrupación de deudas entre sus servicios. Reunificar la deuda en un préstamo personal permitirá hacer frente a lo que se adeuda en un plazo de tiempo más largo y con un tipo de interés mucho más bajo que el aplicable al aplazar el pago de la tarjeta. Si se acude al capital privado de empresas o particulares para reunificar las deudas, sus condiciones e intereses son más duros que los de las entidades financieras, aunque su ventaja es que consiste en la única posibilidad para personas que forman parte de listas de morosos.

3. Otras opciones
Al margen de negociar con la propia entidad, caben las siguientes posibilidades:

  • Otras entidades Para el deudor que ya ha sido incluido en una lista de morosos, como ASNEF, resulta muy complicado que un banco le facilite un préstamo. Las entidades on line ofrecen préstamos a buen interés para clientes con nómina domiciliada.
  • Establecimientos Financieros de Crédito Los intereses en estos casos están sobre el 20-25% TAE.
  • Empresas de créditos rápidos y microcréditos Son recomendables solo cuando los intereses ofrecidos sean inferiores a los que deben abonarse por la tarjeta.
  • Intermediarios financieros Median entre el deudor y el banco para conseguir la mejor oferta. Pero sus comisiones son muy elevadas, por lo que conviene hacer números.
  • Préstamos P2P Los préstamos de persona a persona son una alternativa a los bancos para conseguir un préstamo o crédito. Ponen en contacto, de forma habitual a través de Internet, a usuarios que necesitan fondos con otros que están en disposición de prestárselos. Los precios de los intereses pueden superar el 45%, aunque el rango es muy variable.

Consecuencias de no pagar la tarjeta:
  1. Bloqueo de tarjeta: ante un impago de la tarjeta, la primera consecuencia es el bloqueo de la misma por parte de la entidad emisora. Si la situación de impago persiste, el bloqueo puede extenderse a la cuenta corriente asociada a la tarjeta.
  2. Intereses y comisiones: los perjuicios económicos ya mencionados en forma de intereses y comisiones se van acumulando a la deuda original y, cada día que pasa, la deuda aumenta.
  3. Listado de morosidad: el deudor es incluido en ficheros de morosidad, como RAI, ASNEF o EQUIFAX, a partir de los 90 días desde que se produjo el impago. Estas listas son seguidas por las entidades de crédito, lo que dificultará o imposibilitará la obtención de futura financiación.
  4. Reclamación judicial: si la deuda persiste, la entidad llevará la reclamación a la Justicia, con lo que también tendría que hacer frente a las costas judiciales en caso de perder.
  5. Embargo de bienes: podrían embargarle los bienes (parte de la nómina o pensión, cuentas bancarias, vivienda, coche, etc.) para cobrarse la deuda. En caso de haber aportado avalistas en forma de garantía adicional, tendrán que responder de forma solidaria de todas las deudas pendientes contraídas por el deudor.