PABLO PICO RADA / 6 de febrero de 2013
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2013/02/06/215623.php
El poder adquisitivo de las familias se ha visto
reducido como consecuencia del paro,
el alza de precios y la congelación o rebaja salarial, por lo que los hogares
disponen de los mismos o menores ingresos para hacer frente a mayores gastos.
Ante esta situación, una de las operaciones más comunes entre los que
no pueden hacer frente a sus deudas, es reunificarlas en un nuevo crédito.
Pero esta solución implica una serie de problemas. En el presente
artículo se exponen los principales riesgos de la reunificación de deudas.
Reunificar, ¿solución o problema?
2012 cerró con casi 6 millones de parados, según la
última Encuesta de Población Activa (EPA). Con estas históricas cifras de paro, no es de extrañar que las
dificultades financieras familiares hayan aumentado. La profunda crisis
económica ha motivado que muchas personas no puedan continuar haciendo frente
al pago de las distintas cuotas mensuales de los préstamos que contrataron.
Así, el nivel de morosidad no ha dejado de crecer. Los impagos
de hipotecas han pasado del 1% de 2008 al 3,4% registrado en el tercer
trimestre de 2012, como indica el Banco de España.
Ante este panorama, una opción que se ha extendido cada vez más es la de reunificar las
deudas. La demanda de este tipo de productos financieros se ha
incrementado en los últimos años en torno a un 35% anual, según cifras de la Agencia Negociadora, incluso,
pese a que las entidades bancarias se han mostrado muy reacias a ellas. Y es
que, lejos de ser la solución para
todos los problemas, estas operaciones implican una serie de riesgos que se
explican a continuación.
1. Aumento del pago de intereses
Una operación de consolidación de deudas consiste en agrupar en un único préstamo o crédito todos
los pagos que se deben de los préstamos existentes (hipoteca, letra
del coche, préstamo personal, tarjetas de crédito) con una o diferentes
entidades y a distintos costes o tipos de interés. Se aglutinan todas las deudas en
una única cuota mensual que son de
manera habitual de menor cuantía e interés que la suma de todas las
anteriores. Pero el plazo de amortización, el periodo de tiempo fijado para pagar el préstamo, se amplía. Además, el interés de la nueva hipoteca suele ser mayor que el de una normal,
puesto que el riesgo de impago es superior. Así, un plazo mayor supone menor
cuota, pero la cantidad final que se debe abonar, la deuda, se incrementa, ya que
los intereses totales serán mucho
mayores y se pagará durante más meses.
El aumento en la demanda de este tipo de operaciones
ha llevado al Banco de España a la
inclusión de una serie de advertencias a los usuarios en su Portal del Cliente
Bancario. El supervisor recomienda que se analice esta operación atendiendo no
solo a la diferencia de tipos de interés entre los préstamos antiguos y el
nuevo, sino también al plazo
durante el cual se estará pagando y los gastos totales de la operación. De igual forma, hay que tener muy presente un posible futuro aumento en los tipos de interés y el
euríbor, en caso de contratar un préstamo con tipos flexibles, puesto
que el actual precio del dinero, los tipos de interés, están muy bajos.
2. Altos costes de tramitación
El Banco de España ha exhortado también a que se
ponga especial atención y se solicite
información detallada de los gastos totales que conlleva esta operación.
Como son:
- Los
costes de tramitación y formalización.
- Las
comisiones o penalizaciones por cancelación anticipada al oficializar el
nuevo crédito.
- Los
gastos de notaría, registro, gestoría e impuestos por las modificaciones
en la hipoteca.
- Las
comisiones y desembolsos por la apertura del nuevo préstamo.
A ello debe añadirse el hecho de que en muchos casos
estas operaciones se contratan con compañías que actúan como intermediarias
financieras (puesto que ahora bancos y
cajas son reacios a su realización) y, por lo general, el cliente ha de hacerse cargo del coste del
servicio de intermediación. Además, los tipos de interés que aplican
estas empresas de capital privado son mucho más elevados que los de las
entidades bancarias.
3. Reticencias y exigentes requisitos de las
entidades
Esta operativa, que era habitual entre las
principales entidades tradicionales hasta el estallido de la burbuja
inmobiliario-crediticia, es cada vez más difícil de obtener en los bancos
generalistas. Al contrario que
antes de la crisis, hoy día, las entidades exigen muchas y difíciles
condiciones.
Debe acreditarse la situación crediticia, se mira
con lupa el nivel
de endeudamiento, exigen una estabilidad laboral que asegure futuros y
regulares ingresos, los bancos no refinancian deudas de otras entidades y, por
lo general, las operaciones de
refinanciación hipotecaria solo se aprueban si el capital total que queda por
amortizar no supera el 80% del valor de tasación del inmueble.
Los bancos solicitan en
casi todos los casos garantía hipotecaria. Si se obtiene un
préstamo sin esta garantía, es habitual que el plazo sea menor y la rebaja en
la cuota sea de igual forma menor. También las entidades piden un avalista,
que debe cumplir unos requisitos cada vez más exigentes, o tener vivienda en
propiedad.
Las compañías de capital privado, no financieras,
utilizan la hipoteca como crédito, y en caso de que no haya hipoteca o
propiedad, pueden agrupar todas las deudas en un nuevo préstamo personal o con
otro tipo de garantía no hipotecaria.
4. Gastos de asesoramiento
Debido a las reticencias de las entidades, es
habitual que se acuda a compañías de capital privado. Son empresas no
financieras, que no dependen del Banco de España ni están sujetas a su
regulación. Por ello, los expertos
aconsejan contar con asesoramiento profesional, pero sus costes son muy
notables. El tipo de comisiones que cobran oscilan entre el 3 y el 5%
del importe de la operación.
5. Pertenecer a listas de morosidad
Si se está dentro de un listado
de morosos, como Asnef, RAI o Equifax, las probabilidades de llevar a cabo
una refinanciación se reducen al mínimo. Las entidades no conceden crédito si una persona está incluida en uno de
estos ficheros. La única opción serán las empresas de capital privado.