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miércoles, 24 de octubre de 2012

¿Qué gastos acarrea tener un coche?

Publicado en Eroski Consumer
PABLO PICO RADA / 24 de octubre de 2012
http://www.consumer.es/web/es/motor/compra_coche/2012/10/24/213877.php

Un coche supone una inversión que supera de media los 2.000 euros al año, entre gastos de compra, mantenimiento, consumo, seguro e impuestos. Y de esta cantidad que aparece en un estudio del Instituto para el Ahorro y la Diversificación Energética (IDAE) del Ministerio de Industria, solo el combustible ya se lleva 1.200 euros. Por su parte, la empresa FleetData, especializada en estudios de mercado, ha hecho público un informe sobre el coste de utilización de un coche en España, que se sitúa en 23,70 euros por cada 100 kilómetros recorridos, es decir, 0,23 euros por kilómetro. Todas estas cifras ponen de relieve el importante desembolso que implica tener un vehículo particular. En el presente artículo, se detallan las principales partidas de gasto de un automóvil y las posibles medidas que se pueden tomar para reducir su coste.

1. El coche, ¿nuevo o de segunda mano?
El primer gasto que se plantea es la adquisición del vehículo. Cabe distinguir entre los gastos para un coche nuevo y los que suponen la compra de un vehículo usado.

  • Nuevo Cuando se compra un coche nuevo, el concesionario suele incluir en el precio final, además del coste del propio vehículo:
    • Costes de transporte del coche. Entre 150 y 400 euros dependiendo del modelo y el concesionario.
    • Impuesto de matriculación. El precio se fija en función de las emisiones de CO2. Existen cuatro tramos: menos de 120 gramos por kilómetro no pagan impuesto; de 121 a 159 pagan el 4,75%; de 160 a 199, el 9,75%; y más de 200 gramos, el 14,75%.
    • Costes de matriculación. Incluye el pago en Tráfico de la licencia para el coche, las placas de la matrícula y los gastos de gestoría.
    • Impuesto de circulación. El concesionario puede tramitarlo o no. Depende de cada ayuntamiento, por lo que la cantidad que se debe pagar por este concepto varía mucho de una ciudad a otra.
  • Segunda mano El precio medio actual de los coches de segunda mano en España se sitúa en torno a los 12.500 euros, según refleja el Observador europeo de precios, si bien, el 60% de las operaciones que se efectúan entre particulares tiene como protagonista a un automóvil cuyo importe no supera los 3.000 euros. El coste varía en función del tipo de coche, modelo, motor, años, kilómetros y estado en el que se encuentra. Conviene ir a Tráfico y pedir un informe de la matrícula, para verificar que el vendedor está al corriente de los pagos de impuesto de circulación, la ITV (en el caso de que el vehículo tenga más de cuatro años), modificaciones y las facturas de revisiones y reparaciones, además de consultar en la DGT, en el Registro de vehículos, que el turismo no tiene multas, embargos o taras. A ello hay que añadir:
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Su importe es el 4% del valor venal, del valor asignado por Tráfico para ese modelo. Además, hay que pagar las tasas, alrededor de 50 euros, por el cambio de nombre del vehículo, transmisión de vehículos.
    • Impuesto de circulación.
    • Posibles reparaciones.
Una manera de reducir gastos al adquirir un vehículo pasa por realizar todas estas gestiones de forma personal. El coste de los trámites podrá disminuirse en función del concesionario o la comunidad o ciudad en la que se resida.

2. El seguro
El seguro es obligatorio y su precio varía mucho según la compañía, la edad del conductor, los años de carné que disponga, seguros previos y el modelo, cilindrada y emisiones del vehículo. La cuota también se reduce si se guarda el coche en un garaje, se dispone de mecanismos antirrobo y el kilometraje es bajo. Según el Índice de Precios del Seguro (IPS), una comparativa mensual llevada a cabo por Direct Seguros y la consultora Cronos, el precio medio de los seguros en España en el mes de agosto se situó en: terceros básico, 378 euros; terceros ampliado, 426 euros; todo riesgo sin franquicia, 586 euros; y todo riesgo con franquicia, 1.053 euros.

Cabe recordar que si el coche tiene más de 25 años, puede inscribirse como vehículo histórico, con lo que se obtienen bonificaciones o descuentos en el seguro.

Es imprescindible llevar a cabo una comparación de las diferentes ofertas de las aseguradoras, con el fin de encontrar el mejor precio posible. A través de Internet es fácil, rápido y eficiente.

3. Los impuestos
Suponen un gasto obligatorio y varían en función del modelo y la ciudad. Incluyen:
  • Impuesto de circulación (IVTM): el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un gravamen que se abona cada año al Ayuntamiento correspondiente que se indique en el permiso de matriculación del coche en el momento de matricular.
  • Impuesto de matriculación: de obligado pago al comprar o adquirir un coche, ya sea nuevo o usado, como resultado de su primera matriculación en nuestro país. Corre a cargo de las comunidades autónomas y se calcula atendiendo al volumen de emisiones de CO2 del vehículo. Hay exenciones y bonificaciones en la aplicación de dicho impuesto que, en determinados supuestos, pueden suponer un importante ahorro.
4. El combustible
Es una de las partidas de gasto más importantes. El desembolso en carburante de un vehículo a medio plazo (con un rodaje de unos 90.000 kilómetros o bien con tres o más años de antigüedad) ronda los 5.300 euros, es decir, el 64% del coste total de mantenimiento para ese kilometraje, que ascendería a unos 8.300 euros, según el estudio 'El coste de mantener un vehículo', elaborado por Audatex España.

Si se pretende reducir lo máximo posible este gasto, conviene llevar a cabo una serie de rutinas al volante. IDAE asegura que realizar una conducción más eficiente puede suponer un ahorro doble: por un lado, se obtendrá una rebaja del consumo de carburante de hasta el 20% y, además, se logrará un ahorro en costes de mantenimiento del vehículo, como en el sistema de frenado, ruedas, embrague, caja de cambios y motor. Otra opción es la de compartir coche y, por ende, el consumo de la gasolina.

5. El estacionamiento
En esta partida pueden incluirse los gastos por una plaza de garaje, parkings o estacionamiento en zonas gravadas por el ayuntamiento (zona azul).

6. El mantenimiento, las reparaciones y las revisiones
Según el estudio de Audatex España, el mantenimiento del coche, que incluye tanto la reparación de posibles averías mecánicas como el cambio de piezas debido al desgaste del propio vehículo, comporta de media unos 1.825 euros de inversión, cerca del 22% del gasto acumulado en tres años.
  • El desembolso correspondiente a los mantenimientos preventivos recomendados por el fabricante se sitúa en torno a los 785 euros (el 9,4% del gasto total).
  • Los gastos relativos al desgaste y sustitución de los neumáticos rondan los 420 euros de media (el 5,1%).
  • Revisiones. Las visitas al taller para una puesta a punto de cara a unas vacaciones o un viaje largo suponen un pago medio de más de 200 euros, solo por la revisión.
Asimismo, cabe reflejar que hay una gran diferencia en los costes de mantenimiento entre los diferentes segmentos y modelos de turismos, debido sobre todo al mayor consumo de combustible a medida que aumenta el tamaño, el peso y la potencia del vehículo.
La mejor forma de ahorro es la de comparar cuanto se pueda, ya sea entre modelos de vehículo, concesionarios o talleres. Conviene recordar que un buen mantenimiento es clave para ahorrar numerosos problemas y gastos a posteriori.

7. Otros gastos
No pueden olvidarse otros costes como peajes, multas o gastos de limpieza y lavado. Si se pretende ahorrar en estas partidas, habrá que buscar vías de circulación alternativas, poner especial atención al volante (vigilar la velocidad y los lugares de aparcamiento), buscar los lugares de lavado más económicos o limpiar el coche uno mismo.


martes, 21 de febrero de 2012

Normativas para buzones en una comunidad de vecinos

Publicado en Eroski Consumer
PABLO PICO RADA / 9 de octubre de 2011

http://www.consumer.es/web/es/vivienda/comunidades_vecinos_y_legislacion/2011/10/09/203640.php

Imagen: sopasnor
En una comunidad de vecinos, un componente tan baladí como los buzones puede generar una notable controversia. Conviene, por tanto, conocer con exactitud la legalidad vigente y las normativas que regulan estos elementos para que el servicio postal funcione de manera correcta y se eviten posibles disputas.

Estatutos internos
Las comunidades de propietarios se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal, que se encarga de regular la utilización tanto de los espacios como de los servicios comunes del inmueble. Junto con la citada ley, hay unos estatutos de carácter interno redactados por la propia comunidad de vecinos, que regulan la organización y normas menores de los inquilinos y median en situaciones de conflicto.
Los aspectos más controvertidos respecto a este tema son:

1- Qué legislación regula los buzones: la amplia legislación al respecto se remonta a 1962, con un decreto de carácter obligatorio que imponía su instalación en los portales. Cabe recordar que una taquilla en mal estado, su incorrecta identificación o ubicación, pueden provocar que la entrega de la correspondencia no sea efectiva.
Las posteriores disposiciones sobre los casilleros se recogen en el Reglamento del servicio de correos de 1964 y en las siguientes reglamentaciones de 1971, 1972 o 1977. En 1998, se aprobó la Ley del Servicio Postal Universal y de liberalización de los Servicios Postales, en la que se reconoce el derecho de acceso a las comunicaciones postales. En 1999, mediante un Real Decreto se recogían directrices concretas y recomendaciones del Parlamento Europeo.

2- Quién debe instalar el buzón: según la Ley de Edificación, toda vivienda, para conseguir la licencia de ocupación, "debe disponer de las instalaciones necesarias para recibir el servicio postal". La normativa recoge la obligatoriedad de la instalación por parte de la totalidad de propietarios del edificio. Estos en su conjunto deberán sufragar los gastos originados por la misma, como la compra del elemento físico y su posterior mantenimiento.

3- Quién es el propietario: la propiedad de las taquillas ubicadas en las viviendas pertenece a los residentes del domicilio. Los casilleros tienen la consideración de elemento común, una consideración que no impide que cada uno de los copropietarios tenga un derecho de uso exclusivo y excluyente sobre el buzón concreto que se le ha asignado, ya que su uso tiene un fin individual. En el caso de nuevas construcciones, es el promotor quien debe hacerse cargo de ello.

4- Cómo deben ubicarse: el artículo 34 de la Ley del Servicio Postal especifica que los buzones domiciliarios "deberán reunir las características necesarias que garanticen la propiedad, el secreto y la inviolabilidad de los envíos postales". Según el reglamento, "el número de buzones ha de corresponderse con el número de viviendas y locales de la finca, más otro receptáculo, el número 1, reservado para las devoluciones de envíos". Los buzones deberán estar numerados, "a partir del número 2, de manera correlativa, contando de izquierda a derecha y de arriba abajo, ordenados por pisos y puertas". También recomienda añadir el nombre completo de los propietarios o la denominación social en caso de ser una persona jurídica el titular del local o vivienda. Además, Correos precisa que deben fijarse en una pared para que no puedan trasladarse de lugar, ubicados en una zona de fácil acceso y a una altura que permita su cómoda utilización.

5- Qué consecuencia tendría un incumplimiento: la normativa postal refleja que si el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal tuviese conocimiento de inmuebles que no dispusiesen de casilleros domiciliarios, se comunicará esta circunstancia a la comunidad de vecinos correspondiente, a fin de que tomen las medidas oportunas para su instalación. Mientras tanto, la entrega de los envíos dirigidos a sus vecinos se realizará en la oficina postal que corresponda. El incumplimiento de estos requisitos implicaría la suspensión de la entrega de la correspondencia y los envíos pasarían a entregarse en la oficina de Correos más próxima.