PABLO PICO RADA / 15 de octubre de 2011
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2011/10/15/203821.php
En España, lo más habitual
es que los empleados por
cuenta ajena reciban 12 o 14 pagas anuales, aunque también hay empresas que
abonan 15, 16 o incluso 24 pagos al año. El número de pagas que percibe un
empleado varía y lo hace en función de las características del contrato y el
convenio al que se acoja. Ahora bien, el hecho de cobrar más o menos pagas no
interfiere en la cantidad final percibida, y el total ha de cotejarse en
términos de salario bruto anual.
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Imagen: Pierre Amerlynk |
12 pagas más dos extras
La legislación establece
que el mínimo a percibir por un empleado es de 12 pagas, una por cada mes
trabajado. A ellas hay que sumar las dos pagas extraordinarias, una fija de
Navidad, que se devenga de julio a diciembre, y otra en el mes que se fije por
convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes
legales de los trabajadores.
El hecho de percibir solo
12 mensualidades se debe a que las dos pagas extra son prorrateadas en el
salario, al tratarse de una parte más del salario anual.
En muchas ocasiones, y según el convenio, las compañías no ofrecen la
posibilidad de seleccionar el número de pagas, pero en otras tantas, el
trabajador puede elegir cómo prefiere recibirlo.
En el momento de firmar el
contrato, el trabajador debe tener muy claro si las cantidades que va a
percibir cada mes incluyen las dos pagas extra prorrateadas o no, ya sea según
el convenio o de acuerdo al contrato individual convenido.
Cómo se determina el número de pagas
Las actividades de todos
los asalariados están reguladas por el Estatuto de los Trabajadores, que en su
artículo 31 recoge el derecho a percibir el cobro de las pagas extra. Estas
gratificaciones extraordinarias forman parte del total de sueldo percibido por
el trabajador según el contrato acordado. Algunas empresas, además de las dos
extras de diciembre y de julio, entregan otras gratificaciones semestrales, o
de beneficios, casi siempre en marzo.
La legislación sobre el
número de pagas establece ese mínimo citado de 12 mensualidades, pero no
contempla un máximo anual. Es el convenio colectivo vigente el que determina su
cantidad, o bien un acuerdo alcanzado entre el empresario y el trabajador en el
momento de la firma del contrato. Es en este tipo de situaciones, o ante la
ausencia de especificaciones concretas en un convenio, cuando los empleados
pueden decidir cómo recibir su remuneración.
Pueden cobrar el sueldo
completo equivalente a cada mes -prorratear un porcentaje de la paga en la nómina
mensual-, o bien percibir esa parte del salario en dos pagas extra.
¿Qué conviene más, 12 o 14 pagas?
El número de pagas no
influye en el total que se percibe a final de año, en la cantidad bruta anual
acordada.
- 12
pagas: desde
un punto de vista financiero, si se pagan aparte las extras, el
empresario retiene una parte del sueldo del trabajador durante esos seis
meses.
Además, la sola existencia
de la inflación en ese periodo hará que el sueldo retenido pierda valor. Al
tratarse de cantidades pequeñas -si se toma como referencia la media salarial
española- la pérdida de capacidad adquisitiva es escasa, pero también hay que
tener en cuenta el coste de oportunidad de no disponer de ese dinero hasta seis
meses después.
- 14
pagas: los
argumentos en favor de este sistema se centran en una mayor posibilidad
de ahorro. Esas gratificaciones concretas permiten hacer frente mejor a
los gastos inherentes a la época estival y las Navidades sin tener que
recurrir al endeudamiento por una mala planificación.
En términos financieros,
si la frecuencia de cobro es muy alta, incluso por día, los intereses serían
mayores al tener una parte del sueldo remunerando de manera constante. Pero la
cantidad sería muy pequeña, y los intereses menores.
Además, habría que
considerar la liquidez extra de esos dos meses y el valor subjetivo de una paga
doble.
Por qué la extra es mayor
que la mensualidad
Hacienda aplica las
retenciones en el número de pagas que tenga el trabajador, mientras que la
Seguridad Social lo hace en 12.
Esta menor retención
explica el hecho de que la paga extraordinaria pueda ser mayor que el sueldo
mensual. Pero la retención se hace sobre el salario bruto total.
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